Sobre la revista
El congreso se desarrollará en el Nodo Tecnológico de Santiago del Estero, https://nodosde.gob.ar/, los días jueves 26 y viernes 27 de octubre de 2023.
Tiene como propósito fundamental reconocer la importancia de las tecnologías en la promoción de la inclusión y la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. De esta manera, se contribuye con lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, referido a promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por las personas con discapacidad, además de promover el respeto de su dignidad inherente.
En los últimos años, con el avance de la Electrónica, la Informática y la Inteligencia Artificial, se han producido grandes avances en el desarrollo de tecnologías que mejoran la accesibilidad de personas con discapacidad. Estos avances surgen, principalmente, a partir del vínculo de las disciplinas científicas mencionadas con las Ciencias Médicas. En nuestro país se observa una vacancia en eventos que permitan difundir de manera sistemática los avances de estas tecnologías.
El objetivo principal de este Congreso consiste en reunir a expertos, investigadores, profesionales, docentes, estudiantes, personas con discapacidad y público en general, interesados en la temática; creando un espacio para discutir, intercambiar conocimientos y promover el desarrollo y uso de las tecnologías para la discapacidad. Ello implica explorar nuevas soluciones tecnológicas, compartir buenas prácticas, analizar los desafíos existentes y desarrollar estrategias para superarlos.
El Congreso Tecnologías para la Accesibilidad se apoya en los siguientes conceptos claves:
- Inclusión y participación
- Accesibilidad universal
- Innovación y desarrollo tecnológico
- Colaboración y sinergia
La propuesta se ampara en la legislación vigente en Argentina:
- Constitución de la Nación Argentina, Art. 75, inc. 23: “corresponderá promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato… respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad”.
- Ley N° 26.378 de adhesión a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, Art. 27: “Los Estados partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar en igualdad de condiciones con las demás, en un mercado laboral abierto, inclusivo y accesible a las personas con discapacidad”.
- Ley N° 25.689, Sistema de Protección Integral de Discapacitados (modificatoria de la Ley N° 22.431).
- Decreto Nº 214/06, homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.
- Ley Nº 25.164, Ley Marco De Regulación de Empleo Público Nacional, reglamentada mediante el Decreto 1421/02: garantiza la igualdad en el acceso a la función pública y en el desarrollo de la carrera administrativa.